Franco tenía un solo cojón.
Franco tenía un solo cojón.
Ha la television ha la que os refereis es interconomia, cual dueño es un
ladron de guante blanco, luego hablan de la religion cuando ellos son los
primeros depravados y viciosos, los mayores consumidores de prostituci
on, anda hiros al cuerno
ladron de guante blanco, luego hablan de la religion cuando ellos son los
primeros depravados y viciosos, los mayores consumidores de prostituci
on, anda hiros al cuerno
EL GENERAL FRANCISCO FRANCO Y LA GUERRA CIVIL ESPAÑOLA
GRAN DOCUMENTAL SOBRE EL GENERAL FRANCISCO FRANCO Y LA GUERRA CIVIL ESPAÑOLA.
EL GRAN DESFILE DE LA VICTORIA EN MADRID 1939
EL GRAN DESFILE DE LA VICTORIA EN MADRID 1939
Franco indultó a Carrillo y todo el rojerío en 1969.
Boletín Oficial del Estado
Madrid, 1º de abril de 1969
número 78
página 4704
Jefatura del Estado
Decreto-ley 10/1969, de 31 de marzo, por el que se declara la prescripción de todos los delitos cometidos con anterioridad al 1 de abril de 1939.
La convivencia pacífica de los españoles durante los últimos treinta años ha consolidado la legitimidad de nuestro Movimiento, que ha sabido dar a nuestra generación seis lustros de paz, de desarrollo y de libertad jurídica como difícilmente se han alcanzado en otras épocas históricas.
Por ello, y con ocasión de cumplirse el primero de abril de mil novecientos sesenta y nueve treinta años desde la fecha final de la Guerra de Liberación, es oportuno hacer expreso reconocimiento de la prescripción de las posibles responsabilidades penales que pudieran derivarse de cualquier hecho que tenga relación con aquella Cruzada, quedando de esta forma jurídicamente inoperante cualquier consecuencia de lo que en su día fue una lucha entre hermanos, unidos hoy en la afirmación de una España común más representativa y, como nunca, más dispuesta a trabajar por los caminos de su grandeza futura.
En su virtud, a propuesta del Consejo de Ministros en su reunión del día veintiocho de marzo de mil novecientos sesenta y nueve, en uso de la autorización que me confiere el artículo trece de la Ley Constitutiva de las Cortes, textos refundidos de las Leyes Fundamentales del Reino, aprobadas por Decreto de veinte de abril de mil novecientos sesenta y siete, y oída la Comisión a que se refiere el apartado I del artículo doce de la citada Ley.
Dispongo:
Artículo primero.– Se declaran prescritos todos los delitos cometidos con anterioridad al uno de abril de mil novecientos treinta y nueve.
Esta prescripción, por ministerio de la Ley, no requiere ser judicialmente declarada y, en consecuencia, surtirá efecto respecto de toda clase de delitos, cualesquiera que sean sus autores, su gravedad o sus consecuencias, con independencia de su calificación y penas presuntas, y sin tener en cuenta las reglas que los Códigos vigentes establecen sobre cómputo, interrupción y reanudación de los plazos de prescripción del delito.
Artículo segundo.– Extinguida por prescripción la acción para promover su investigación y castigo, no se incoará a partir de la publicación de este Decreto-ley ningún proceso por delitos anteriores a la fecha señalada; se procederá inmediatamente al sobreseimiento y archivo de los procedimientos en que no haya recaído aún sentencia firme, sin que puedan abrirse los archivados por rebeldía de los procesados, y quedarán sin efecto todas las medidas procesales derivadas de la misma.
Artículo tercero.– Por los Ministerios correspondientes se dictarán las disposiciones complementarias que se requieran para la aplicación inmediata del presente Decreto-ley.
Artículo cuarto.– Del presente Decreto-ley, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», se dará cuenta inmediata a las Cortes Españolas.
Así lo dispongo por el presente Decreto-ley, dado en Madrid a treinta y uno de marzo de mil novecientos sesenta y nueve.
Francisco Franco
1 de abril de 1969
Boletín Oficial del Estado
Madrid, 1º de abril de 1969
número 78
página 4704
Jefatura del Estado
Decreto-ley 10/1969, de 31 de marzo, por el que se declara la prescripción de todos los delitos cometidos con anterioridad al 1 de abril de 1939.
La convivencia pacífica de los españoles durante los últimos treinta años ha consolidado la legitimidad de nuestro Movimiento, que ha sabido dar a nuestra generación seis lustros de paz, de desarrollo y de libertad jurídica como difícilmente se han alcanzado en otras épocas históricas.
Por ello, y con ocasión de cumplirse el primero de abril de mil novecientos sesenta y nueve treinta años desde la fecha final de la Guerra de Liberación, es oportuno hacer expreso reconocimiento de la prescripción de las posibles responsabilidades penales que pudieran derivarse de cualquier hecho que tenga relación con aquella Cruzada, quedando de esta forma jurídicamente inoperante cualquier consecuencia de lo que en su día fue una lucha entre hermanos, unidos hoy en la afirmación de una España común más representativa y, como nunca, más dispuesta a trabajar por los caminos de su grandeza futura.
En su virtud, a propuesta del Consejo de Ministros en su reunión del día veintiocho de marzo de mil novecientos sesenta y nueve, en uso de la autorización que me confiere el artículo trece de la Ley Constitutiva de las Cortes, textos refundidos de las Leyes Fundamentales del Reino, aprobadas por Decreto de veinte de abril de mil novecientos sesenta y siete, y oída la Comisión a que se refiere el apartado I del artículo doce de la citada Ley.
Dispongo:
Artículo primero.– Se declaran prescritos todos los delitos cometidos con anterioridad al uno de abril de mil novecientos treinta y nueve.
Esta prescripción, por ministerio de la Ley, no requiere ser judicialmente declarada y, en consecuencia, surtirá efecto respecto de toda clase de delitos, cualesquiera que sean sus autores, su gravedad o sus consecuencias, con independencia de su calificación y penas presuntas, y sin tener en cuenta las reglas que los Códigos vigentes establecen sobre cómputo, interrupción y reanudación de los plazos de prescripción del delito.
Artículo segundo.– Extinguida por prescripción la acción para promover su investigación y castigo, no se incoará a partir de la publicación de este Decreto-ley ningún proceso por delitos anteriores a la fecha señalada; se procederá inmediatamente al sobreseimiento y archivo de los procedimientos en que no haya recaído aún sentencia firme, sin que puedan abrirse los archivados por rebeldía de los procesados, y quedarán sin efecto todas las medidas procesales derivadas de la misma.
Artículo tercero.– Por los Ministerios correspondientes se dictarán las disposiciones complementarias que se requieran para la aplicación inmediata del presente Decreto-ley.
Artículo cuarto.– Del presente Decreto-ley, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», se dará cuenta inmediata a las Cortes Españolas.
Así lo dispongo por el presente Decreto-ley, dado en Madrid a treinta y uno de marzo de mil novecientos sesenta y nueve.
Francisco Franco
1 de abril de 1969
Franco diseñó un GAL para acabar con ETA en Francia
En 1972 se contactó con un ex coronel de la OAS para organizar un comando. Los mercenarios estaban preparados para secuestrar y eliminar a terroristas
LA GACETA reproduce hoy unos Documentos que han permanecido en secreto durante 40 años. Se trata de la operación Doble E, en virtud de la cual los Servicios Secretos entraron en contacto con un ex coronel de la OAS que se ocultaba bajo la falsa identidad de un empresario hotelero en Alicante para organizar un comando que atentase contra terroristas y volase a sus objetivos.
http://www.intereconomia.com/noticias-g ... a-20120107
Franco metió en la cárcel a un periodista ¡por ataques a la lengua catalana!
Franco nos sigue dando sorpresas... y no todas agradables. Ya sabíamos que desconfiaba de los bancos, a diferencia del PSOE; ahora nos enteramos de que perseguía por propaganda "ilegal" a quienes atacaban la lengua catalana.
Hace unos meses, vimos que el general Franco se oponía a las fusiones bancarias debido al poder que daban a los nuevos bancos y que prefería la nacionalización. Vamos, como un falangista trasnochado o un rojo posmoderno. Ayer asistí a la presentación del interesantísimo libro de Jesús Laínz De Santurce a Bizancio (Encuentro), en la que su autor nos reveló que el franquismo metió en la cárcel a gente ¡por menospreciar la lengua catalana! En concreto, al periodista Néstor Lujan, como director de la revista Destino (fundada en Burgos por los catalanes incorporados al bando nacional) por haber publicado una carta al director que un lector consideró ofensiva y por lo que le denunció.
Fijaos en la redacción de la noticia por La Vanguardia:
- La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha dictado sentencia por la que se confirma la que en su día pronunciara el Tribunal de Orden Público, que condenó a don Néstor Lujan Fernández, a 8 meses de prisión menor y multa de 10.000 pesetas por un delito de propaganda "ilegal" (sic).
La sentencia recurrida declaraba probado que en el número 1.577 del semanario «Destino», que dirige el encausado, correspondiente al 28 de octubre de 1967, se publicó en la sección Cartas al director una misiva bajo el título «El catalán se acaba». Aparecía firmada por Jacinto Pujol Solé, cuya verdadera identidad no se ha establecido, pero que es coincidente con la de una persona real, que ha declarado no tener conocimiento alguno de la carta. En la misma —dice la sentencia— se vertían conceptos de tipo ofensivo para la lengua catalana, cuyo libre uso particular y social se respeta y garantiza.
Contra la sentencia del Tribunal de Orden Público se recurrió, alegando quebrantamiento de forma, con indefensión e infracción de Ley, pero el Supremo ha desestimado el recurso.
¡Toda la vida creyendo que Franco había estado a sueldo de la banca y había perseguido a las lenguas minoritarias y resulta que las historias que nos contaba la tele en la Transición eran falsas! ¡¡Franco era un pre-progre!!
Conclusión: no te puedes fiar de nadie. ZParo decía que era rojo y que la salida de la crisis "sería social" , y ha dado miles de millones de euros nuestros a la banca y, además, ha indultado a un banquero condenado y le ha borrado los antecedentes penales para que pueda seguir ejerciendo su noble oficio.
(En la foto, don Francisco Franco buscando en La Vanguardia Española las páginas escritas en catalán.)
Franco, defensor de las lenguas indígenas, pa habernos matao
Sí, claro, y entremedias promulgaban disposiciones de este tipo pa disimulá, jaja.
Por otro lado resulta raro que condenasen precisamente a Néstor Luján ya que escribió gran parte de su obra en catalán, en fin, cosas veredes.
PD. Polo teu ben. Sempre que as levas, resulta que chas deron polo teu ben.
- Orden Ministerial sobre el Registro Civil del 18-V-1938
Debe señalarse también como origen de anomalías registrales la morbosa exacerbación de algunas provincias del sentimiento regionalista, que llevó a determinados registros buen número de nombres, que no solamente están expresados en idioma distinto al oficial castellano, sino que entrañan una significación contraria a la unidad de la patria.
Tal ocurre en las Vascongadas, por ejemplo, con los nombres de Iñaki, Kepa, Koldobika y otros que denuncian indiscutible significación separatista; debiendo consignarse, no obstante, que hay nombres que sólo en vascuence o en catalán o en otra lengua tienen expresión genuina y adecuada, como Aránzazu, Iciar, Monserrat, Begoña, etc. y que puede y deben admitirse como nombres netamente españoles, y en nada reñidos con el amor a la Patria única que es España.
La España de Franco no puede tolerar agresiones contra la unidad de su idioma ni la intromisión de nombres que pugnan con su nueva constitución política y con la doctrina del artículo 34 del mencionado Reglamento. Es preciso, por lo tanto volver al sentido tradicional en la imposición de nombres a los recién nacidos con oportunas variantes (…)
“Art. 1º En todo caso , tratándose de españoles, los nombres deberán consignarse en castellano.»
Orden Ministerial sobre Cooperativas de 21-V-1938
“Queda terminantemente prohibido el uso de otro idioma que no sea el castellano(…)”
Orden Ministerial del 26-V-1938
«Queda terminantemente prohibido el uso de otro idioma que no sea el castellano en los títulos, razones sociales, Estatutos o Reglamentos, y en las convocatorias y celebraciones de asambleas, o Juntas de las entidades que dependan de este Ministerio.»
Orden Ministerial de agosto de 1938
“Son nulas y sin valor legal las inscripciones que se hallen practicadas en idioma o dialecto distinto del idioma oficial castellano (…)”
Orden Ministerial sobre Hospedajes del 8-IV-1939
“Asimismo queda prohibido el empleo de términos distintos del español para nomenclatura de los hospedajes en España, sin perjuicio de que puedan usarse nombres geográficos del Extranjero en la titulación de los mismos(…)”
Orden Ministerial sobre Propiedad Industrial del 20-V- 1940
“Constituidos por palabras extranjeras o pertenecientes a dialectos distintos del idioma castellano que están en pugna con el sentimiento nacional y españolista (…)”
Circular sobre el uso del idioma por los funcionarios
“Todos los funcionarios que en acto de servicio se expresen en otro idioma que no sea el oficial del Estado, quedarán ipso facto destituidos (…)”. Neste mesmo ano ordénase que “todas las películas deberán estar dialogadas en castellano (…)”
Normas del Departamento de Cinematografía para la censura de películas de 1940
“Todas las películas deberán estar dialogadas en castellano prescindiéndose, en absoluto, de los dialectos (…)”
Orden del gobernador de Barcelona de 28 de julio de 1940
“1.-A partir de 1 de agosto todos los funcionarios contractuales de las corporaciones municipales de la región que se expresen en el exterior o en el interior de los edificios municipales en una lengua que no sea la del Estado serán inmediatamente destituidos, sin que tengan derecho a reclamar.
2.-Por lo que se refiere a maestros públicos y particulares, tal falta comportará la pérdida de los derechos a enseñar.
3.-Ninguna investigación contra los funcionarios será suspendida por falta de pruebas, y los indicios serán suficientes.”
Orden gobernativa de 31 de diciembre de 1951
Se prohíben los discursos en lengua gallega en la Real Academia Galega.
Por otro lado resulta raro que condenasen precisamente a Néstor Luján ya que escribió gran parte de su obra en catalán, en fin, cosas veredes.
- El periodo elegido en este artículo se inicia el mes de marzo de 1966 coincidiendo con la aprobación de la Ley de Prensa e Imprenta, conocida como Ley Fraga, y se alarga hasta el cierre temporal de Destino, el mes de diciembre de 1967. Estos dos años han sido escogidos al coincidir con una época de abundante obra periodística de Néstor Luján. Es un periodo en cual el periodista no se muerde la lengua contra el régimen. Es especialmente crítico con el rector de la Universitat de Barcelona, Francisco García Valdecasas; denuncia el mal estado de las carreteras; defiende la candidatura olímpica de Barcelona o interpela el presidente de la Diputación por no emplear el catalán. En este periodo Luján también escribió reportajes de viajes, cocina o historia.
Los años 1966 y 1967 fueron convulsos para Destino. El 18 de marzo de 1966 se había aprobado la Ley de Prensa e Imprenta, promovida por el ministro de información y Turismo, Manuel Fraga. Los responsables de Destino, con su director al frente, leyeron que se abría un periodo nuevo en la libertad de expresión. Con todo, si juzgamos los hechos que se acontecerían, se equivocaban. La revista fue expedientada reiteradamente hasta que fue cerrada en diciembre del 1967. La sanción incluía una multa de 250 mil pesetas y el procesamiento del director, Néstor Luján.
La razón del cierre fue una acumulación de expedientes -véase antología- que culminaron en octubre del 1967 con la una carta de un lector titulada "El catalán se acaba" y firmada por el señor Jacinto Pujol. Aquel texto era una provocación a los catalanistas que no gustó, sorprendentemente, al Régimen. Desde el Gobierno se puso en entredicho la autenticidad de la carta, puesto que no se quería tener más líos con la lengua. Se ordena secuestrar la salida de la revista. De este episodio no se sabe muy bien el responsable, hay quién dice que la carta fue redactada por el editor Josep Vergés y no por el lector. De hecho, la persona que respondía a este nombre negó haberla escrito (Pons, 2004).
http://www.upf.edu/obraperiodistica/es/ ... dista.html
PD. Polo teu ben. Sempre que as levas, resulta que chas deron polo teu ben.
Independentistas insultan a Francis Franco en la presentación de su libro en Vigo
Un grupo de 30 personas revienta la conferencia del nieto de Franco
Irrumpieron en el salón de actos con gritos de 'fascistas, fuera de Galicia'
La charla en el Club Faro se reanudó tras ser desalojados e identificados
'Era un acto cultural, solo habló de la relación entre un nieto y su abuelo'
La España de Franco
La España de Franco
Una visión objetiva de treinta y seis años de historia española, una historia cercana, contradictoria y controvertida, la de la dura convivencia de posguerra y la entrada en la era del desarrollismo y la industrialización.
Una España que intentaba acercarse a la realidad europea y mundial, a pesar de partir de postulados militaristas, hasta alcanzar su lugar en el concierto de las naciones.
Historia conmovedora unas veces, rechazable otras, pero cercana, próxima en el tiempo y en los sentimientos.
viviamos mejor
Trabajaban todos y ademas con piso.
La eficiencia del régimen de Franco frente al chabolismo. Chabolas en Oxarkoaga y Construcción del Barrio (1961).
Anonymous escribió:Con Franco se vivia mejor y sin apenas paro
La eficiencia del régimen de Franco frente al chabolismo. Chabolas en Oxarkoaga y Construcción del Barrio (1961).